Objeto del seguro

Qué es objeto del seguro

Como tal objeto, se confunde con el bien cuya cobertura se pretende. Técnicamente, se traduce como interés asegurable (artículo 25 de la Ley de Contrato de Seguro), entendiendo por éste el que el Tomador del seguro tiene en prevenir o cubrirse de las pérdidas pecuniarias o incidencia por minoración en el patrimonio propio, que puede comportar el acaecimiento de un determinado hecho. Es decir, es la finalidad de prevención de un riesgo mediante su cobertura por parte de una Entidad aseguradora que se obliga, con la contraprestación del pago de la prima, a hacer frente a las consecuencias económicas de un siniestro, mediante su resarcimiento o indemnización.