Daños personales y del vehículo por inundaciones

Aunque nuestro país no está entre los más afectados por los desastres naturales, los daños por inundaciones extraordinarias que afectan a conductores y vehículos son frecuentes. En este post nos ponemos al día acerca de qué tendríamos que hacer si es como conductores nos vemos afectados por una inundación, que nos provoque daños personales o materiales, y cómo podemos ser indemnizados por ello gracias al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

Muchos de nosotros hemos vivido esa tormenta que inunda la carretera y nos obliga a parar dañando nuestro vehículo. En la mayoría de las ocasiones se quedará en un susto, y no habrá daños personales ni materiales. Pero ¿qué pasa si el agua toma fuerza y nos arrastra con el coche? ¿Y si tenemos el coche aparcado y se lo lleva el agua? Vamos a ver qué puede hacer nuestro seguro en todos estos casos conocidos como Riesgos extraordinarios.

Para ello empezaremos explicando qué es una inundación extraordinaria: “anegamiento del terreno por acumulación o escorrentía de aguas de lluvias o procedentes de deshielo, o por aguas procedentes de lagos, ríos o rías por desbordamiento de sus cursos o cauces naturales. También incluye un embate de mar que dañe el vehículo.” No es inundación extraordinaria: la lluvia caída directamente sobre el vehículo, las aguas procedentes de presas, alcantarillas, canales, colectores y otros cauces subterráneos (salvo que la rotura o avería de los mismos se haya producido por un evento extraordinario amparado por el CCS)

Ahora bien, ¿cubre el seguro de mi automóvil o de mi moto los daños por inundación extraordinaria? No, los cubre el Consorcio y siempre que se tenga contratada, como mínimo, una cobertura de daños propios: incendio, rotura de lunas, robo, etc. Además la póliza deberá estar en vigor. Este último dato parece lógico, pero debemos recordar que en la actualidad hay cerca de 2,5 millones de vehículos sin seguro.

El tema de los daños personales de un conductor o de los ocupantes del vehículo que se ven afectados por una inundación es complejo. Y dependerá de diversos factores. Por lo que si hay daños personales, tanto físicos como psíquicos tipo estrés postraumático, necesitará consultar con su compañía de seguros. Un Seguro de Vida también puede cubrir daños personales por una inundación extraordinaria, a través del Consorcio de Compensación, pero al igual que lo anterior es un tema complejo, por lo que deberemos ser asesorados por nuestra compañía aseguradora.

Un dato para recordar y que sirva como moraleja, es que para estar cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, como mínimo, debemos contratar una cobertura de daños sobre nuestro vehículo. Con lo cual, es más recomendable contratar una póliza con una prima ligeramente superior y que incluya al menos las lunas, el robo o un posible incendio.

Si queremos saber más sobre inundaciones extraordinarias, léelo en la web del CCS