Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Qué es la dirección general de seguros y fondos de pensiones

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) es un órgano administrativo dependendiente de la Secretaría de Estado de Economía, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda de España.

Las funciones principales de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones son:

  • Contestar a las consultas planteadas en materia de seguros y reaseguros privados, mediación en seguros y reaseguros privados y planes y fondos de pensiones.
  • Coordinar y gestionar las relaciones en el ámbito de seguros y reaseguros privados, mediación de seguros y reaseguros y planes y fondos de pensiones con los comités de seguros y pensiones de jubilación y otras instituciones de la Unión Europea, con otros Estados y con organismos internacionales, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
  • Llevar a cabo estudios sobre los sectores de seguros y reaseguros privados, mediadores de seguros y planes y fondos de pensiones, a la vez que elaborar proyectos normativos en materia de las competencias del centro directivo.
  • Control del cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso y la ampliación de la actividad aseguradora y reaseguradora privada, la supervisión ordinaria de su ejercicio, el control de los requisitos exigibles a los administradores y socios de las entidades que realizan dicha actividad y a las demás personas físicas y jurídicas sometidas al texto refundido de la Ley. Del mismo modo, deberá controlar las fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, transformaciones, escisiones y otras operaciones entre entidades aseguradoras, y las iniciativas sobre medidas y operaciones que comporten una mejora en la estructura sectorial o en la de alguno de sus ramos, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Comisión Nacional de Competencia.
  • Protección administrativa a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes de planes de pensiones mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas presentadas contra las entidades y sujetos sometidos a su supervisión, la vigilancia de la transparencia del mercado y las demás funciones que le atribuye la normativa sobre la protección de los clientes de servicios financieros.
  • Supervisión de la documentación que deben remitir las entidades aseguradoras y reaseguradoras, los mediadores de seguros y reaseguros privados y las entidades gestoras de fondos de pensiones a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para facilitar el control de su solvencia.
  • Comprobación del efectivo cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso a la actividad por entidades gestoras de fondos de pensiones, la supervisión ordinaria de su ejercicio, así como de los requisitos que han de cumplir los planes y fondos de pensiones con arreglo al texto refundido de Ley.

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