En caso de accidente, ¿quién paga? ¿Por qué? y ¿Cuánto?

Todos los seguros de coche de la UE cubren con hasta 70 millones de euros la responsabilidad civil del conductor en daños a personas, y con hasta 15 millones de euros en daños materiales. Pero las aseguradoras, ¿cómo deciden quién es el culpable y que parte de los daños tienen que pagar en caso accidente?

Todos los seguros de vehículos en la Unión Europea cubren obligatoriamente la responsabilidad civil del conductor culpable. Es decir, hasta 70 millones de euros en daños a personas (por muerte, secuelas por invalidez permanente y/o días de baja por invalidez temporal), hasta 15 millones de euros en daños materiales, y los gastos de asistencia sanitaria y sepelio.

Ahora bien, ¿cuáles son los mecanismos para decidir quién debe indemnizar o satisfacer un capital, por qué conceptos y por cuánto importe?

Cuando damos un parte a nuestra aseguradora, la primera preocupación es conocer si han existido daños a terceros, tanto fuera del vehículo como pasajeros. Si no hay otro vehículo implicado, los daños personales, de asistencia sanitaria y sepelio serán sufragados en todo caso por la aseguradora del vehículo, de acuerdo con el principio de culpa objetiva (salvo rarísimos casos de culpa exclusiva de la víctima o fuerza mayor). Los daños materiales, en cambio, dependerán de la culpabilidad del conductor, que debe ser demostrada.

Si los terceros incluyen a otro vehículo, es importante conocer si la compañía del otro vehículo está en convenio. Pero ¿qué es el convenio? La mayoría de compañías en España han firmado el convenio CIDE/ASCIDE. Este convenio implica una serie de parámetros estandarizados con los que decidir qué conductor es culpable. En el caso de CIDE son 17 parámetros sobre cada uno de los vehículos y son los que aparecen en la declaración amistosa de accidente. ASCIDE añade alguna consideración cuando las versiones de cada una de las partes implicadas son diferentes o contradictorias.

Por poner un ejemplo y como norma general, las compañías acuerdan que el vehículo que cambiaba de carril es considerado culpable. Aunque pueden existir errores puntuales, también se reducen los costes totales que supone llegar a multitud de acuerdos a lo largo del año.

Además, el convenio implica que los costes de responsabilidad civil en daños a personas son pagados por la compañía del conductor culpable en función del baremo (que veremos en el próximo artículo) o de lo que determine un juez. Los costes de responsabilidad civil en daños materiales, por ejemplo los daños al otro vehículo, se resuelven con la compañía del conductor culpable pagando un importe fijo a la otra compañía. Este importe fijo se denomina módulo, es independiente de los daños causados y se sitúa en 2014 en una cifra cercana a los €900. Asimismo, cuando las compañías están en convenio, los gastos sanitarios y de sepelio son pagados por cada compañía para los ocupantes de sus vehículos y para aquellas personas que no viajasen en los vehículos a las que hayan causado un daño de forma directa (que no con culpa).

En la práctica, el convenio ahorra mucho trámite y costes a las compañías, y mejora el servicio al cliente, principalmente en la facilidad y velocidad para sufragar los costes de asistencia sanitaria y reparación de los vehículos.

En otras circunstancias los siniestros se resuelven con un análisis individualizado. Por ejemplo, si la compañía de nuestro o del otro vehículo no está en convenio o si hay más de 2 vehículos implicados. Es poco frecuente pero en esos casos la resolución puede requerir meses y que nuestro vehículo no sea reparado hasta entonces. Por eso siempre escoged bien vuestro seguro, conducid con cuidado y buena suerte.